La inclusión de la profilaxis pre-exposición (PrEP) al VIH entre las prestaciones financiadas con cargo a fondos públicos del Sistema Nacional de Salud (SNS) ha añadido una nueva herramienta para prevenir la transmisión del virus. No obstante, es muy importante tener en cuenta que la PrEP no protege contra otras enfermedades de transmisión sexual.
Una consulta recurrente que llega a la Clínica Legal es el acceso a la PrEP por parte de las personas que son funcionarios/as y no reciben la cobertura sanitaria a través del SNS sino a través de alguna de las aseguradoras sanitarias privadas con las que MUFACE, ISFAS o MUGEJU mantienen conciertos.
Las aseguradoras privadas están denegando el acceso a esa prestación farmacéutica de carácter preventivo y, con su negativa, están invitando a que se solicite el cambio de proveedor de servicios sanitarios.
El acceso a la PrEP está condicionado a que la persona que la solicita esté encuadrada en uno de los grupos que tienen un alto grado de exposición al VIH. Los supuestos se ampliaron el 28 de octubre de 2021 mediante el acuerdo de la reunión de la Comisión Interministerial de Precios de los Medicamentos.
En la actualidad, la PrEP está disponible para aquellos usuarios con edad igual o mayor de 16 años y que cumplan los siguientes criterios:
1. Hombres que tienen Sexo con Hombres (HSH) y personas transexuales y que presenten al menos dos de los siguientes criterios:
2. Mujeres en situación de prostitución que refieran un uso no habitual del preservativo.
3. Mujeres y hombres cisexuales, y usuarios de drogas inyectadas con prácticas de inyección no seguras, que refieran un uso no habitual del preservativo y que presenten al menos dos de los siguientes criterios:
Los usuarios adscritos a MUFACE, ISFAS o MUGEJU que se encuentren en las situaciones descritas, pueden solicitar el acceso a la PrEP pues, según dispone el art. 65.3 del Reglamento General del Mutualismo Administrativo, tienen derecho a que la asistencia sanitaria que reciben garantice el acceso al contenido de la Cartera de Servicios del SNS. En ese contenido, según dispone el art. 8 de la Ley 16/2003, de Cohesión y Calidad del SNS, está la Cartera Común Básica de Servicios Asistenciales, que incluye las actividades asistenciales de prevención, las cuales están cubiertas de forma completa por financiación pública. La base legal se completa con los últimos conciertos suscritos por MUFACE, ISFAS y MUGEJU.
Ante una denegación de acceso a la PrEP, el/la funcionario/a tiene dos opciones: